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| GERENCIA SERVICIO A LA COMUNIDAD |
Artículo 104º.- La Gerencia de Servicios a la Comunidad, es un órgano de línea dependiente de la Gerencia Municipal, encargado de las actividades relacionadas con la preservación del medio ambiente, conservación de áreas verdes, limpieza pública, policía municipal y defensa civil.
Artículo 105º.- La Gerencia de Servicios a la Comunidad depende funcional y jerárquicamente de la Gerencia Municipal y se encuentra a cargo de un funcionario de confianza designado por Resolución de Alcaldía.
Gerente Servicios a la Comunidad :
Correo :
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| Funciones |
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Artículo 106º.- Corresponde a la Gerencia de Servicios a la Comunidad, las siguientes funciones:
- Planear, programar y dirigir las actividades relacionadas con el medio ambiente, como son: la limpieza pública, conservación, mantenimiento, protección del hábitat y control de la contaminación ambiental: aire, agua, tierra y ruidos.
- Formular los planes ambientales en su jurisdicción, así como controlar la preservación del medio ambiente.
- Dirigir programas de educación ecológicas en coordinación con Instituciones Privadas y Públicas, para promover la conservación ambiental.
- Propiciar y normar procedimientos que regulen el equilibrio entre el desarrollo económico, la conservación ambiental y la utilización recursos naturales en el Distrito.
- Fomentar la formación de brigadas ecológicas con participación vecinal, para propiciar una cultura de control ambiental, para buscar la mejora en la conservación del hábitat y el medio ambiente.
- Proponer y apoyar convenios con Instituciones Públicas, Privadas y Organismos Internacionales, que promuevan la conservación y cuidados ambientales.
- Formular el Plan Integral de residuos sólidos del Distrito.
- Promover la inversión privada y la cooperación internacional para elaborar estudios, proyectos y financiamiento relacionados con el medio ambiente y defensa ecológica.
- Proponer un sistema de fiscalización y ordenanzas para sancionar a los que incumplan las normas que regulan la limpieza, conservación, control y medio ambiente.
- Planificar, programar, dirigir las actividades de reforestación y forestación
- Promover en coordinación con la Oficina de Participación Vecinal, la organización de los comités cívicos por parques, por sectores, en coordinación con las Instituciones Públicas y Privadas.
- Promover alianzas estratégicas interdistritales para el saneamiento ambiental, limpieza y desarrollo de la Playa Sur, Playa Norte y Playa Huayco del Distrito de San Bartolo.
- Formular y remitir a las Oficinas correspondientes, Plan Operativo, Evaluación Semestral y Anual, Cuadro de Necesidades, Plan de Trabajo y otros documentos de gestión de su competencia.
- Planear, programar, ejecutar, dirigir, coordinar y evaluar las actividades destinadas a asegurar el cumplimiento y aplicación en lo que tenga competencia la Municipalidad, referidas al acondicionamiento territorial, vivienda, salud, saneamiento ambiental, cultura, conservación de monumentos, turísticos, recreación y deportes, abastecimiento, comercialización de productos y defensa del consumidor.
- Apoyar a los demás órganos en las acciones de su competencia y prioritariamente en lo referente a fiscalización y ejecución coactiva.>
- Vigilar y hacer cumplir las disposiciones referidas al ornato y control urbano.
- Atender denuncias en contra de la tranquilidad pública, la salud y las buenas costumbres coordinando su erradicación.
- Formular y remitir a los órganos correspondientes, Plan Operativo, Evaluación Semestral y Anual, Cuadro de necesidades, Plan Trabajo y otros documentos de gestión de su competencia.
- Coordinar con la Policía Nacional del Perú y Organizaciones Vecinales, la realización de actividades que busquen la tranquilidad y el orden en cada zona de seguridad del Distrito.
- Atender las emergencias en procura de la Seguridad Ciudadana.
- Acudir a prestar el apoyo que solicitan los vecinos en casos de atentados contra la tranquilidad pública.
- Prevenir, controlar, neutralizar y/o eliminar los riesgos que atenten contra la paz y tranquilidad de los vecinos.
- Otras funciones que le asigne la Gerencia de Servicios a la Comunidad.>
Artículo 107º.- La Gerencia de Servicios a la Comunidad, para el cumplimiento de sus funciones cuenta, con las siguientes Oficinas:
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