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GERENCIA SERVICIO A LA COMUNIDAD

 

Artículo 104º.- La Gerencia de Servicios a la Comunidad, es un órgano de línea dependiente de la Gerencia Municipal, encargado de las actividades relacionadas con la preservación del medio ambiente, conservación de áreas verdes, limpieza pública, policía municipal y defensa civil.

Artículo 105º.- La Gerencia de Servicios a la Comunidad depende funcional y jerárquicamente de la Gerencia Municipal y se encuentra a cargo de un funcionario de confianza designado por Resolución de Alcaldía.

 

Gerente Servicios a la Comunidad :
Correo :

 

 
Funciones
 

Artículo 106º.- Corresponde a la Gerencia de Servicios a la Comunidad, las siguientes funciones:

  1. Planear, programar y dirigir las actividades relacionadas con el medio ambiente, como son: la limpieza pública, conservación, mantenimiento, protección del hábitat y control de la contaminación ambiental: aire, agua, tierra y ruidos.
  2. Formular los planes ambientales en su jurisdicción, así como controlar la preservación del medio ambiente.
  3. Dirigir programas de educación ecológicas en coordinación con Instituciones Privadas y Públicas, para promover la conservación ambiental.
  4. Propiciar y normar procedimientos que regulen el equilibrio entre el desarrollo económico, la conservación ambiental y la utilización recursos naturales en el Distrito.
  5. Fomentar la formación de brigadas ecológicas con participación vecinal, para propiciar una cultura de control ambiental, para buscar la mejora en la conservación del hábitat y el medio ambiente.
  6. Proponer y apoyar convenios con Instituciones Públicas, Privadas y Organismos Internacionales, que promuevan la conservación y cuidados ambientales.
  7. Formular el Plan Integral de residuos sólidos del Distrito.
  8. Promover la inversión privada y la cooperación internacional para elaborar estudios, proyectos y financiamiento relacionados con el medio ambiente y defensa ecológica.
  9. Proponer un sistema de fiscalización y ordenanzas para sancionar a los que incumplan las normas que regulan la limpieza, conservación, control y medio ambiente.
  10. Planificar, programar, dirigir las actividades de reforestación y forestación
  11. Promover en coordinación con la Oficina de Participación Vecinal, la organización de los comités cívicos por parques, por sectores, en coordinación con las Instituciones Públicas y Privadas.
  12. Promover alianzas estratégicas interdistritales para el saneamiento ambiental, limpieza y desarrollo de la Playa Sur, Playa Norte y Playa Huayco del Distrito de San Bartolo.
  13. Formular y remitir a las Oficinas correspondientes, Plan Operativo, Evaluación Semestral y Anual, Cuadro de Necesidades, Plan de Trabajo y otros documentos de gestión de su competencia.
  14. Planear, programar, ejecutar, dirigir, coordinar y evaluar las actividades destinadas a asegurar el cumplimiento y aplicación en lo que tenga competencia la Municipalidad, referidas al acondicionamiento territorial, vivienda, salud, saneamiento ambiental, cultura, conservación de monumentos, turísticos, recreación y deportes, abastecimiento, comercialización de productos y defensa del consumidor.
  15. Apoyar a los demás órganos en las acciones de su competencia y prioritariamente en lo referente a fiscalización y ejecución coactiva.
  16. Vigilar y hacer cumplir las disposiciones referidas al ornato y control urbano.
  17. Atender denuncias en contra de la tranquilidad pública, la salud y las buenas costumbres coordinando su erradicación.
  18. Formular y remitir a los órganos correspondientes, Plan Operativo, Evaluación Semestral y Anual, Cuadro de necesidades, Plan Trabajo y otros documentos de gestión de su competencia.
  19. Coordinar con la Policía Nacional del Perú y Organizaciones Vecinales, la realización de actividades que busquen la tranquilidad y el orden en cada zona de seguridad del Distrito.
  20. Atender las emergencias en procura de la Seguridad Ciudadana.
  21. Acudir a prestar el apoyo que solicitan los vecinos en casos de atentados contra la tranquilidad pública.
  22. Prevenir, controlar, neutralizar y/o eliminar los riesgos que atenten contra la paz y tranquilidad de los vecinos.
  23. Otras funciones que le asigne la Gerencia de Servicios a la Comunidad.

Artículo 107º.-  La Gerencia de Servicios a la Comunidad, para el cumplimiento de sus funciones cuenta, con las siguientes Oficinas:

 

 

 

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