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GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Eduardo Rodriguez - San BartoloArtículo 61º.- La Gerencia de Administración Tributaria, es el órgano de apoyo dependiente de la Gerencia Municipal, tiene por objetivo, administrar las actividades y proyectos orientados a impulsar la captación de los ingresos tributarios propios del sistema de gestión tributario municipal; así como la ejecución coactiva de las obligaciones tributarias y administrativas; estableciendo las políticas de gestión y las estrategias adecuadas para simplificar el sistema tributario.

Artículo 62º.- La Gerencia de Administración Tributaria depende funcional y jerárquicamente de la Gerencia Municipal y se encuentra a cargo de un funcionario de confianza designado por Resolución de Alcaldía.


Gerente de Administración Tributaria : Eduardo Rodríguez Salinas
Correo Electronico: rentas@munisanbartolo.gob.pe

Funciones
 

Artículo 63º.- Corresponde a la Gerencia de Administración Tributaria, las siguientes funciones:

  1. Planificar, organizar, dirigir y controlar, las fases pertinentes al cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  2. Planificar, organizar, dirigir y controlar, las fases de depuración, validación, ordenamiento, clasificación y codificación del archivo maestro de contribuyentes, velando por su oportuna y veraz autenticidad.
  3. Formular y proponer a la Gerencia Municipal los proyectos normativos, planes o programas que correspondan, para mejorar la gestión tributaria municipal.
  4. Resolver asuntos tributarios y administrativos que sean de su competencia.
  5. Asesorar al órgano de dirección y otros órganos municipales en materia de Administración de Tributos y Rentas Municipales.
  6. Proponer y aplicar normas y procedimientos tributarios municipales, lo cual incluye la potestad de imponer notificaciones preventivas y en primera instancia administrativa, emitir Resoluciones Gerenciales que impongan sanciones a los administrados, al amparo del Régimen de Aplicación de Sanciones de la Municipalidad Distrital de San Bartolo.
  7. Tramitar a través de la Secretaría General, la elevación al Tribunal Fiscal de los recursos de apelación admitidos y quejas presentadas por los contribuyentes del Distrito, según el Código Tributario.
  8. Emitir informes, resoluciones y otros documentos de su competencia.
  9. Informar y orientar a los contribuyentes en aspectos tributarios y de su competencia.
  10. Realizar las acotaciones y cobranzas para todos los tributos y rentas municipales, previo informe técnico del órgano de línea correspondiente.
  11. Realizar el registro de los tributos y rentas captados.
  12. Formular políticas de otorgamiento, aplazamiento y/o fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria de acuerdo a ley.
  13. Formular el Anteproyecto Proyecto del Presupuesto Anual de ingresos tributarios y no tributarios, de acuerdo a las normas vigentes en coordinación con las áreas competentes.
  14. Desarrollar y Administrar los sistemas de análisis de los valores (HR y PU) declarados por los contribuyentes.
  15. Resolver asuntos contenciosos y no contenciosos en este sentido, resolver en vías administrativas, los recursos y solicitudes interpuestas por los contribuyentes, conforme a ley.
  16. Informar mensualmente a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto sobre los ingresos y las acciones desarrolladas, de acuerdo con los objetivos y metas estableciendo su correspondiente evaluación.
  17. Adoptar decisiones operativas y normativas para mejorar los procesos o procedimientos de registro, acotación, fiscalización, control y gestión de cobranza de los tributos municipales.
  18. Establecer las políticas de emisión anual, distribución de las carpetas e impulsar la gestión de cobranza de las obligaciones tributarias de los contribuyentes con la Municipalidad.
  19. Proponer proyectos de Ordenanzas, Decretos de Alcaldía, Directivas, Instructivos sobre temas de su competencia, a fin de optimizar la gestión de la Administración Tributaria Municipal.
  20. Proponer, gestionar, impulsar e implementar mejoras e innovaciones en los procesos, procedimientos y normatividad relacionado con el órgano de su competencia.
  21. Elaborar el cuadro de necesidades de las unidades orgánicas a su cargo
  22. Formular, proponer y administrar su presupuesto anual, el Plan Operativo Institucional, el Plan Estratégico en el ámbito de su competencia.
  23. Disponer eficiente y eficazmente de los recursos presupuestales, económicos, financieros, materiales y equipos asignados.
  24. Administrar y coordinar el diseño, perfeccionamiento y actualización de los sistemas de informática para un mejor desarrollo de la gestión en el ámbito de su competencia.
  25. Otras funciones que le asigne la Gerencia Municipal, en materia de su competencia

Artículo 64º.- La Gerencia de Administración Tributaria  tiene como labor, la orientación al contribuyente, siendo sus   funciones en este aspecto, las siguientes:

  1. Elaborar y visar todo proyecto de normas legales, tributarias municipales (Ordenanzas, Resoluciones, etc.)
  2. Elaborar informes y proyectos de resoluciones de los procedimientos tributarios y administrativos municipales de su competencia.
  3. Coordinar, supervisar, controlar y evaluar la correcta formulación y aplicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), en el ámbito de su competencia.
  4. Elaborar y mantener actualizado el compendio administrativo y tributario de la Municipalidad.
  5. Brindar información y orientación directa al contribuyente.
  6. Elaborar y distribuir material informativo sobre legislación, normatividad y procedimientos tributarios a los contribuyentes.
  7. Organizar, mantener, depurar, clasificar y codificar el registro de los contribuyentes en una base de datos, haciendo uso del sistema informático, elaborando los respectivos padrones.
  8. Organizar el proceso de registro y recepción de las declaraciones juradas, así como su clasificación y archivo.
  9. Proponer, solicitar y/o requerir acciones de fiscalización destinadas a verificar la autenticidad de los datos contenidos en las declaraciones juradas, sancionando la falsedad de los mismos de conformidad a las  normas vigentes.
  10. Tramitar y resolver los expedientes y solicitudes de los contribuyentes en relación a su información y registro tributario, directamente relacionados con los archivos a su cargo, expidiendo constancias, cartas, etc. de los documentos que administra.

Artículo 65º.- La Gerencia de Administración Tributaria para el cumplimiento de sus funciones cuenta con los siguientes Departamentos:

 

Impuesto Predial

Arbitrios Municipales

Donde Pagar

Estado de Cuenta

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